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Derecho
Hereditario

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Lledó García Abogados le acompañará en un momento difícil en el que usted deberá afrontar cambios en su vida, además de haber sufrido la pérdida de un ser querido.

Existen a su disposición distintas formas de testar.

Testamentos

Le asesoraremos sobre las Cláusulas y Disposiciones más adecuadas para su Testamento y Sucesiones.

Testamento Notarial

Como su propio nombre indica, se realiza con la intervención de un notario.

Testamento Ológrafo

Es el que está redactado y firmado por el propio Testador con la indicación del lugar, la fecha del otorgamiento y las particularidades necesarias.

 Testamento Vital

Documento de voluntades anticipadas en el que el interesado da las instrucciones previstas sobre las atenciones y el tipo de asistencia que desea recibir en el supuesto de que llegara a encontrarse en un estado de enfermedad irreversible que le impidiera expresarlas.

 Memorias Testamentarias

Es un codicilo no sujeto a formalidades y cuya validez depende de las notas que se asigne al  Testador en su Testamento.

Aceptación de Herencia

La Aceptación de la Herencia es un acto por el cual el heredero es llamado a la herencia y decide si aceptarla o no.

Impugnación de Testamento

Cuando uno no está de acuerdo con un Testamento puede impugnarlo tomando como base alguna de las razones o causas previstas en la Legislación en materia de Herencia. 

Causas de Impugnación de Testamento

POR LA EXCLUSIÓN EN EL TESTAMENTO DE UN LEGITIMARIO O HEREDERO FORZOSO:

El Testador no debe privar a los herederos forzosos de su Legítima, salvo en los casos expresamente determinados por la ley.

En el caso de que el Testamento omita a algún Legitimario se podrá impugnar el mismo.

POR NO RESPETAR LAS CUOTAS DE LEGÍTIMA:

Si el Testador no respeta la cuota que corresponde por Legítima a un heredero forzoso, este podrá impugnar el Testamento y solicitar su parte.

POR INCAPACIDAD DEL TESTADOR:

Este supuesto se da si el Testador no tiene Capacidad Legal para otorgar el Testamento.

Esto ocurre cuando el Testador es menor de 14 años o no tiene la suficiente cordura (esté o no incapacitado judicialmente).

POR VIOLENCIA, COACCIÓN O FRAUDE:

En el caso de que el Testamento se redacte bajo amenaza, intimidación o engaño, este será nulo y podrá ser impugnado.

DESHEREDACIÓN INJUSTA:

Si el Testador deshereda a una persona sin causa justa se podrá invalidad el Testamento.

DEFECTOS DE FORMA EN LA REDACCIÓN DEL TESTAMENTO:

Los distintos tipos de Testamento deben realizarse en base a unos requisitos formales y el incumplimiento de estos dará lugar a la impugnación.

Albacea de Últimas Voluntades

Es aquel a quien el Testador o el Juez encargan el cumplimiento de sus últimas voluntades y de custodiar sus bienes.


Acción de Petición de Herencia

Es la que compete al heredero para reclamar de una u otras personas el reconocimiento de su cualidad de heredero y restitución de los bienes hereditarios.


Reclamación de Legítima

Concepto

Porción de bienes de que el Testador no puede disponer por haberla reservado la Ley a determinados Herederos, llamados por esto herederos forzosos.

La Legítima se puede asignar de diferentes formas, existiendo la posibilidad de abonarla durante la vida del causante mediante determinadas atribuciones particulares realizadas en un momento dado.

Aun realizando un Testamento, el Testador debe respetar la Legítima que corresponde a los Legitimarios, salvo que, de forma expresa y motivada, desherede al Legitimario.

Si el Legitimario ha sido desheredado, porque  no se le haya abonado la Legítima una vez abierta la sucesión o esté en desacuerdo con el valor total de su herencia, puede exigir su cuota de Legítima ante los Tribunales contra el heredero o herederos del causante.

El pago de la Legítima lo debe realizar el heredero o la persona que el causante haya establecido en su Testamento.


Procedimiento de división de Herencia

El procedimiento de división de Herencia se da en los supuestos en los que todos los herederos en una Herencia están de acuerdo con el contenido de las disposiciones testamentarias o con el inventario de bienes que conforman el caudal hereditario, pero no con los siguientes aspectos:

  • Bienes inventariados, porque entienden que tiene que haber más o deben excluirse otros.
  • La valoración económica de los bienes que conforman dicha Herencia.
  • Reparto que se pretende hacer de los bienes indicados en una Herencia.


Trámites

  1. Creación de una Junta de Herederos para intentar llegar a un acuerdo.
  2. Si no ha habido acuerdo, se nombra a un Contador y a un perito por parte del Juzgado.
  3. El perito tasará los bienes que conforman la Herencia, restando las deudas del causante que puedan existir.
  4. Si los herederos están de acuerdo en el valor otorgado, el Contador procederá a efectuar la división y adjudicación de los bienes que conforman el Caudal Hereditario a cada uno de los interesados.

En el caso de que alguno de los interesados no esté de acuerdo con las divisiones y adjudicaciones realizadas, estas pueden impugnarse.

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