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Derecho Mercantil
y Societario

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Lledó García Abogados es especialista en estos ámbitos y le asesorará en todo lo relacionado con su negocio, clientes o relaciones entre socios asistiéndole ante conflictos que pudieran surgir.

El Despacho ofrece las mejores orientaciones completas y continuadas a la empresa en el total de sus necesidades durante toda su actividad, y durante toda la vida societaria, aportando confianza y certidumbre en su práctica cotidiana.


CONTRATOS MERCANTILES:

EL ADMINISTRADOR DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL 

Concepto

El Administrador es el encargado de representar y gestionar la Sociedad ante terceros.


En caso de conflicto

Si el Administrador en el ejercicio de sus funciones perjudicara a la Sociedad, deberá responder ante sus socios y ante los Acreedores Sociales.

Lledó García Abogados proporcionará asesoramiento y velará por el afectado.


Cumplimiento Contractual

El Despacho desarrollará contratos que establezcan las mejores relaciones empresariales entre clientes, distribuidores, proveedores, etc.

Lledó García Abogados le aconsejará sobre las cláusulas que deben constar en su contrato para proteger sus intereses y evitar conflictos.


Impugnación de Acuerdos Sociales

Los acuerdos tomados por los Órganos de Administración y su Junta General deben ser respetados tanto respecto a la Ley como a los propios Estatutos, de tal forma que se exigirá frente a los Tribunales su cumplimiento si fuera necesario.

Lledó García Abogados velará por sus intereses incluso en el caso de que fueran minoritarios para salvaguardar la imposición de la mayoría.


Liquidación de Sociedades

Disolución y liquidación de Sociedades

Ante la disolución de una Sociedad, la Junta General puede justificar con distintas causas dicha liquidación:

  • Por cumplimiento del plazo o término establecido en los Estatutos.
  • Por acuerdo de la Junta General.
  • Por la conclusión de la empresa que constituía su objeto.
  • La imposibilidad manifiesta de conseguir el fin social.
  • Por pérdidas que reduzcan el patrimonio de la sociedad a menos de la mitad de su Capital Social.
  • Por falta de ejercicio de la actividad constituido en el objeto social de la sociedad durante tres años consecutivos.
  • Por reducción del Capital Social en los mínimos establecidos legalmente.
  • Por otros motivos integrados en los estatutos sociales.

Requisitos para disolver una Sociedad

Según el Real Decreto Legislativo 1/2010, 2 de julio, la sociedad solo se puede disolver por los siguientes motivos:

  1. Por elcese en el ejercicio de la actividad o actividades que constituyan el objeto social. Exactamente, cuando se ha estado al menos un año sin prestar ningún tipo de servicio.
  2. Porque lafinalidad con la que fue creada la empresa ha concluido.
  3. Por laimposibilidad de conseguir el fin social con el que se propuso la empresa.
  4. Por laparalización de los Órganos Sociales de modo que resulte imposible su funcionamiento.
  5. Porpérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del Capital Social, a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la Declaración de Concurso.
  6. Porreducción del Capital Social por debajo del mínimo legal, que no sea consecuencia del cumplimiento de una ley.

Porque el valor nominal de las participaciones sociales sin voto o de las acciones sin voto excediera de la mitad del Capital Social desembolsado y no se restableciera la proporción en el plazo de dos a años.

El Despacho ofrece las mejores orientaciones completas y continuadas a la empresa en el total de sus necesidades durante toda su actividad, y durante toda la vida societaria, aportando confianza y certidumbre en su práctica cotidiana.

CONTRATOS MERCANTILES

Contrato de Franquicias

Estos contratos le facilitarán el negocio con una empresa consolidada, del mismo modo que contribuirán en el crecimiento del mismo.

EL ADMINISTRADOR DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL

Concepto

El Administrador es el encargado de gestionar y representar ante terceros la sociedad que dirige.

En caso de conflicto

Si el Administrador en el ejercicio de sus funciones perjudica a la empresa o sociedad, responderá ante sus socios y los Acreedores Sociales.

Lledó García Abogados proporcionará asesoramiento y velará por el afectado.

Cumplimiento Contractual

Para establecer las mejores relaciones empresariales entre clientes, distribuidores, proveedores, etc., es imprescindible el desarrollo de contratos que precisen estas relaciones.

Lledó García Abogados le aconsejará sobre las cláusulas que deben constar en su contrato para proteger sus intereses y evitar conflictos con los antes mencionados en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Impugnación de Acuerdos Sociales

Los acuerdos tomados por los Órganos de Administración y su Junta General deben ser respetados tanto respecto a la Ley como a los propios Estatutos, de tal forma que se exigirá frente a los Tribunales su cumplimiento si fuera necesario.

Lledó García Abogados velará por sus intereses incluso en el caso de que fueran minoritarios para salvaguardar la imposición de la mayoría.

El Despacho ofrece las mejores orientaciones completas y continuadas a la empresa en el total de sus necesidades durante toda su actividad, y durante toda la vida societaria, aportando confianza y certidumbre en su práctica cotidiana.

CONTRATOS MERCANTILES

Contrato de Franquicias

Estos contratos le facilitarán el negocio con una empresa consolidada, del mismo modo que contribuirán en el crecimiento del mismo.

EL ADMINISTRADOR DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL

Concepto

El Administrador es el encargado de gestionar y representar ante terceros la sociedad que dirige.

En caso de conflicto

Si el Administrador en el ejercicio de sus funciones perjudica a la empresa o sociedad, responderá ante sus socios y los Acreedores Sociales.

Lledó García Abogados proporcionará asesoramiento y velará por el afectado.

Cumplimiento Contractual

Para establecer las mejores relaciones empresariales entre clientes, distribuidores, proveedores, etc., es imprescindible el desarrollo de contratos que precisen estas relaciones.

Lledó García Abogados le aconsejará sobre las cláusulas que deben constar en su contrato para proteger sus intereses y evitar conflictos con los antes mencionados en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Impugnación de Acuerdos Sociales

Los acuerdos tomados por los Órganos de Administración y su Junta General deben ser respetados tanto respecto a la Ley como a los propios Estatutos, de tal forma que se exigirá frente a los Tribunales su cumplimiento si fuera necesario.

Lledó García Abogados velará por sus intereses incluso en el caso de que fueran minoritarios para salvaguardar la imposición de la mayoría.

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